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Introducción

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 Introducción El derecho de autor es la rama de la propiedad intelectual que reconoce, en cabeza de los autores, ciertas prerrogativas  morales   y  patrimoniales  sobre sus obras artísticas y literarias que sean originale s, y susceptibles de ser divulgadas o reproducidas por cualquier medio.  (OMPI, 2016)  La propiedad intelectual se relaciona con las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias y artísticas, así como símbolos, nombres e imágenes utilizados en el comercio.  Los derechos de autor son un fenómeno muy reciente si tenemos en cuenta que no existieron en la normativa legal hasta hace trescientos años atrás. Los derechos de autor establecen que si una persona es reconocida como la creadora de una obra (por ejemplo, una pieza de música , una obra literaria, un elemento tecnológico, una idea, entre otras)

Desarrollo: Concepto de propiedad intelectual

 Concepto de propiedad intelectual La propiedad intelectual es una regulación que engloba los derechos de los creadores y autores. A través de dicha regulación es posible su protección, organización y defensa frente a terceros. " Por medio de la propiedad intelectual individuos y agrupaciones de todo el mundo son capaces de identificar, proteger sus obras."  (Derecho Intelectual , 2020)  También se ayudan de dichas herramientas para obtener ganancias económicas por medio de las mismas de una forma legal y controlada. Los derechos de propiedad intelectual, se asemejan a otros derechos en el sentido de que su titular posee el dominio sobre sus creaciones y, por tanto, la potestad de beneficiarse de su obra o invención, permitiendo o impidiendo su uso y explotación por parte de otras personas.

Desarrollo: Origen de la propiedad intelectual

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  Origen de la propiedad intelectual Los orígenes de la propiedad intelectual se remontan a varios siglos atrás cuando, por ejemplo en 1474, la entonces ciudad–estado República de Venecia otorga una patente de monopolio a favor de Pietro de Ravenna, en donde se establecía que su obra “Fénix” solo podría ser impresa por él mismo o por los impresores que él designase.  (OMPI, 2016) La imprenta inventada por Gutenberg a mediados del siglo XV, y el descubrimiento del grabado producen transformaciones radicales en el mundo. Con la imprenta aumenta la producción y reproducción de libros en grandes cantidades y a bajo coste.  ( Osuna, 2019 )   La posibilidad de utilizar la obra se independiza de la persona de su autor. Nace entonces la necesidad de regular el derecho de reproducción de las obras, aunque llevaría varios siglos más delimitar los caracteres actuales. (Ver enlace  Evolución de la propiedad intelectual ) Primero apareció bajo la forma de “privilegios”. ...

Desarrollo: Ramas y subramas

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 Ramas y Subramas La propiedad industrial:  adopta toda una serie de formas, a saber: las patentes de invenciones, los diseños industriales. L as marcas de producto o de servicio, los esquemas de trazado de circuitos integrados, los nombres y designaciones comerciales y las indicaciones geográficas, a lo que viene a añadirse la protección contra la competencia desleal. El derecho de autor:   se aplica a las creaciones literarias y artísticas como los libros, las obras musicales, las pinturas, las esculturas, las películas y las obras realizadas por medios tecnológicos como los programas informáticos y las bases de datos electrónicas.  (Universidad Nacional de la Plata , 2015)

Desarrollo: concepto de derecho moral y derecho patrimonial

 Derecho moral y Derecho patrimonial  El derecho moral es un derecho personalísimo del autor, que tiene como característica ser irrenunciable e inalienable y como finalidad proteger a la persona del autor a través de su obra .  El derecho moral tiene las siguientes características: Inalienable (que no se puede enajenar, es decir, transmitir) Imprescriptible (no se extingue por el transcurso del tiempo) Irrenunciable (no se puede renunciar a él) Inembargable (los productos de estos derechos sí lo son).   Los derechos patrimoniales permiten a los titulares de derechos percibir una retribución económica por que terceros utilicen sus obras.  (OMPI, 2016)  Los derechos morales permiten que el autor o el creador tomen determinadas medidas para preservar y proteger los vínculos que los unen a sus obras.  La vigencia de los derechos patrimoniales es conforme a lo siguiente: Durante la vida del autor y 100 años más, después de su muerte (cuando pertenezca ...

Desarrollo: Organización internacional de propiedad intelectual

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 Organización internacional de propiedad intelectual La Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) es un organismo especializado perteneciente a las Naciones Unidas. Su misión es llevar la iniciativa en el desarrollo de un sistema internacional de P.I. equilibrado y eficaz, que permita la innovación y la creatividad en beneficio de todos.  (OMPI, 2016) Los objetivos y lineamientos estratégicos de la OMPI evolucionan según las necesidades de los Estados Miembros. Estos son definidos por los países miembros tanto a través del trabajo de los Comités permanentes y, especialmente, a través del presupuesto que se aprueba cada dos años. Su objetivo principal es desarrollar un sistema de propiedad intelectual internacional que sea equilibrado, accesible y recompense la creatividad, estimule la innovación y contribuya al desarrollo económico, salvaguardando a la vez el interés público.

Desarrollo: Concepto de obra protegida

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 Obra protegida El concepto legal de obra protegible no tiene por qué coincidir con la idea de obra que se tenga desde otros puntos de vista, como el artístico o el científico y, en segundo lugar, es un concepto que varía en el tiempo de la mano de circunstancias económicas y del desarrollo tecnológico. Ejemplo de ello es su ampliación para incluir los programas de ordenador y las bases de datos.  (Propiedad intelectual, 2021) En otras pa labras, significa que existen derechos exclusivos sobre ella, por lo que cualquier utilización de dicha obra va a requerir el permiso del autor o de su titular de derechos, o bien la autorización de la ley, a través de las denominadas excepciones.